Judiciales
Waldo Wolff advirtió que le iniciará juicio político al Presidente por el escándalo de #LaFoto
El diputado de Juntos por el Cambio pidió que el gobierno aclare la situación antes de mañana. Caso contrario, iniciaría acciones legales

Frente al escandaloso festejo de cumpleaños de Fabiola Yáñez en Olivos mientras regía el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) dictado por el propio Presidente, el diputado de Juntos por el Cambio, Waldo Wolff, advirtió que iniciaría acciones legales si no se esclarecía la situación antes de mañana.
“Habiéndome auto denunciado por tweet atemporal e impersonal poniéndome a disposición del congreso y la justicia como debe hacer todo funcionario espero que aquellos que se indignaron, me acompañen con el mismo ahínco en el pedido de #JuicioPolitico al Presidente”, pidió Wolff en su cuenta de Twitter.
Espero el gobierno fije posición urgente x #LaFoto que denotaría reunión infringiendo decretos propios mientras la ciudadanía estaba encerrada.
Ante silencio que otorga si no desmienten urgente mañana pediré #JuicioPolitico al presidente.
Abro hilo 1/2 pic.twitter.com/R26Qu5EsQy— WW (@WolffWaldo) August 12, 2021
#LaFoto es el hashtag que se viralizó hoy para denunciar, una vez más, ingresos a la Quinta de Olivos en plena pandemia. Pero la indignación esta vez reside en que el 14 de julio de 2020, el motivo de la reunión no fue el reclamo de un sector, sino el cumpleaños de Fabiola Yáñez. Así, mientras los hospitales del país estaban al borde del colapso, en la residencia presidencial se brindaba con champagne.
En la imagen se pueden contar once personas, entre ellos, los amigos del Presidente Sofia Pacchi, Emmanuel López, Federico Abraham, Carolina Marafioti, Fernando Consagra, Santiago Basavilbaso (30 años), Florencia (32) y Rocío Fernández Peruhuil (28) y Stefanía Domínguez (29 años).
Cabe recordar que por aquellos días en el país estaba vigente la prórroga del decreto N° 520/2020, que en el art. 4 establecía: “Queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de ‘distanciamiento social, preventivo y obligatorio’ dispuesta por el artículo 2° del presente, por fuera del límite del departamento o partido donde residan, salvo que posean el ‘Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19’ que los habilite a tal efecto y siempre que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20 de este decreto y a las normas reglamentarias respectivas”.

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