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Ganancias: ya están reglamentados los cambios en el impuesto, cómo y cuándo se instrumentará
Se incluyó en el Boletín Oficial, después de 47 días de su aprobación, la nueva ley de Impuesto a las Ganancias. Cómo y cuándo se empezará a reglamentar es competencia de la AFIP

Se reglamentó este martes la modificación del Impuesto a las Ganancias, aprobada el pasado 8 de abril en el Congreso. 47 días de demora significó, pero finalmente se encuentra en el Boletín Oficial. Ahora solo resta que la AFIP defina cómo y cuándo se empezará a aplicar.
Se estima que será el próximo mes, cuando se perciban los salarios de julio.
A través del Decreto 336/2021, que lleva las firmas de Alberto Fernández, Martín Guzmán y Santiago Cafiero, quedó reglamentado cómo se les devolverán los aportes retenidos desde enero a los trabajadores que cobren menos de $150.000. Si bien esto es competencia de la AFIP, según pudo adelantar el Presidente en la conferencia que anunciaba el confinamiento estricto, la devolución sería en 5 cuotas y con los sueldos de junio, que se cobran en julio.
La nueva ley de Ganancias fija un piso de $ 150.000 brutos por mes para pagar el impuesto este año. Así, 1,2 millón de trabajadores en relación de dependencia dejarán de pagar el impuesto, al igual que los jubilados que ganan menos del equivalente a 8 jubilaciones mínimas, equivalentes a $165.000. Entre los puntos más importantes:
- El nuevo mínimo no imponible en Ganancias hará que el fisco deje de percibir este año ingresos por $ 45.000 millones.
- Dejan de pagar el tributo unos 1.267.000 trabajadores y jubilados, lo que representa un beneficio para más del 90% de los asalariados.
- Fija un piso de $ 150.000 brutos por mes para pagar el impuesto este año.
- Jubilados: sólo tributarán quienes ganen más de 8 haberes mínimos ($165.000).
- El aguinaldo queda excluido.
- Hijos con discapacidad: se elimina el tope de edad para deducirlos.
- Personal de salud: queda eximido de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.
- Introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia.
- Permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos, sin tope.
- Permite deducir gastos en cursos de capacitación: hasta $ 67.071,36 anuales.
- Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos: hasta $ 67.071,36 anuales.
La demora habría generado chispazos hacia el interior del Frente de Todos, pues el Presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, que fue el principal impulsor de la medida, estaba empezando a perder la paciencia porque “estaba todo encaminado para que saliera”, aseguraron desde el Frente Renovador.

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