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Procesan a dos funcionarios de ANSES por difusión ilegal de datos personales de empleados de un medio rionegrino
La supervisora de Activos de la UDAI y el coordinador del área están acusador de divulgar información de salarios y asignaciones percibidas por gerentes y autoridades de la Editorial Río Negro

Dos funcionarios de la delegación General Roca de la ANSeS fueron procesados como presuntos responsables de los delitos de violación de secretos y difusión ilegal de datos personales y fiscales, informó hoy el periódico Río Negro.
La resolución fue tomada por el juez federal de General Roca, Jorge García Davini, contra la supervisora de Activos de la UDAI local de la ANSeS, Mónica Graciela Sepúlveda, y el coordinador del área, Carlos Alberto Anadón, por la divulgación información reservada referida a salarios brutos y asignaciones no remunerativas percibidas por gerentes de Editorial Río Negro y autoridades de la redacción de este diario.
[pullquote position=”right”]Procesan a dos funcionarios de ANSES or presunta difusión ilegal de datos personales[/pullquote]
Según la imputación que promovió la fiscalía, ambos funcionarios habrían “ingresado al sistema SIPA (Sistema Integrado de Previsional Argentino) de ANSeS y extraído información confidencial”, a cuya reserva estaban obligados por “el art. 10 de la Ley 25.326 (Protección de Datos Personales) y el art. 101 de la Ley 11.683 (Secreto Fiscal)”.
Esa información fue “revelada ilegítimamente” a “una persona no identificada hasta el momento, quien la habría divulgado a terceras personas” mediante una cadena de correos electrónicos, consignó el periódico Río Negro. Pericias detectaron que los mails se enviaron desde un ciber de Neuquén capital, desde una casilla especialmente creada para tal fin por alguien que no registró sus datos personales en la cuenta.
El diario agregó que Sepúlveda y Anadón, en su defensa, negaron haber sido ellos quienes descargaron, imprimieron y divulgaron las “sábanas” con la información y explicaron que en la Delegación local de ANSeS es habitual compartir las claves personales de acceso al sistema, “por cuestiones de operatividad”, para agilizar la atención al público. Lo mismo sostuvo la mayoría de los empleados citados como testigos. Ambos, sin embargo, admitieron que estaban notificados del deber de confidencialidad de esas claves.
La información fue difundida en medios de comunicación digitales y radiales y “su impresión coincidía con el formato y contenido de la que se puede obtener a través del SIPA”, señaló el fallo. Para el juez, “se encuentra acreditado que los imputados fueron los únicos empleados de la ANSeS que, los días 11 y 12 de junio de 2012, realizaron consultas e imprimieron, mediante el SIPA” esa información. Y agregó que, “más allá del contenido del descargo en torno al uso compartido de las claves”, García Davini consideró que ellos “la proporcionaron a un sujeto ignoto que la divulgó a terceras personas”.
[pullquote]”las noticias periodísticas (…) interpretaban la información divulgada como actos de corrupción privada”[/pullquote]
El juez sostuvo que la protección de datos personales “se relaciona con el derecho a la intimidad, a tener el control sobre la información y datos de la propia persona, incluso aquellos que fueran conocidos, para que sólo puedan ser utilizados de acuerdo a la voluntad de su titular”.
“No se advierten -concluyó el juez- defectos en el conocimiento de los imputados que permitan excluir el dolo. En razón de la función que ejercían, tenían cabal conocimiento de las normativas vigentes, en lo que hace al deber de guardar confidencialidad respecto de los datos e información a la que accedieran, por ende, realizaron los actos achacados a sabiendas de que éstos eran ilegales”.
Junto con el procesamiento, impuso a ambos un embargo de bienes por 120.000 pesos para “el aseguramiento de las responsabilidades civiles emergentes”. Para definir ese monto, tuvo en cuenta, entre otros elementos, “que los hechos tuvieron gran repercusión pública y que el conocimiento de las circunstancias ilícitamente dadas a conocer seguramente generó un fuerte impacto moral en las víctimas y sus familias”, pues “las noticias periodísticas (…) interpretaban la información divulgada como actos de corrupción privada (sobresueldos, dádivas, etcétera) de ocho personas pertenecientes a un medio de difusión pública de reconocida trayectoria en la región”.
DyN

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