Política General
Bloque K busca adelantar aplicación del nuevo Código Civil y Comercial antes de la salida de CFK
Senadores oficialistas enviaron un proyecto de ley para modificar el texto original y que comience a regir a partir del 1 de agosto, antes de las PASO

Los senadores nacionales por el Frente para la Victoria Miguel Angel Pichetto y Aníbal Fernández presentaron hoy un proyecto de ley para que se adelante para el 1 de agosto del 2015 la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, en lugar del 1 de enero de 2016 como estaba previsto.
La iniciativa se presentó en medio de las advertencias por parte de fuerzas opositoras de derogar o revisar una serie de leyes aprobadas por el kirchnerismo en los últimos años, en caso de acceder a la presidencia a partir de diciembre del 2015.
En los fundamentos, los senadores explicaron que “durante el análisis de la propuesta en el ámbito parlamentario, tuvo lugar una intensa serie de consultas con los más variados sectores de opinión, lo que contribuyó a que los términos del nuevo ordenamiento recibiesen una extensa difusión”.
En este sentido, solicitan el adelantamiento de la puesta en vigencia del nuevo Código para el 1 de agosto de 2015, previo a las PASO y las elecciones presidenciales, para no “dilatar” su aplicación.
Durante el debate parlamentario de la norma en la Cámara de Diputados, los principales dirigentes de los bloques de la oposición se levantaron del recinto y abandonaron la discusión y, a su vez, realizaron una presentación judicial a raíz de una serie de irregularidades que, dijeron, se le dio en el tratamiento en la Cámara de Senadores.
En la oposición adelantaron el armado de una lista de leyes impulsadas y aprobadas por el kirchnerismo en los últimos años a “derogar” o “revisar” en caso de ganar las elecciones, y el nuevo Código Civil y Comercial era una de ellas.
“Si llegamos a ser gobierno, vamos a hacer revisar todas las leyes aprobadas durante el kirchnerismo”, aseguró en su momento a DyN el diputado nacional y aspirante presidencial por el FAU Hermes Binner, y la misma postura habían manifestaron los diputados por el PRO Pablo Tonelli y Federico Pinedo, y dirigentes del Frente Renovador.
En este marco, Pichetto y Fernández, en su proyecto de ley, proponen modificar el artículo 7º de la Ley Nº 26.994, para adelantar su aplicación al 1º de agosto de 2015, instancia previa a las PASO y las elecciones presidenciales.
Como argumentación, sostuvieron que “durante la génesis del nuevo texto legal” tuvo lugar “un proceso de amplia participación de miembros del Poder Judicial, de la docencia, de los Colegios de Abogados, y de otros medios académicos, y también del universo de las instituciones privadas”.
Además, destacaron en un comunicado que la discusión del proyecto del Ejecutivo nacional “tuvo lugar en un marco de extendida participación ciudadana, mediante la celebración de audiencias públicas en numerosos puntos del país”.
De acuerdo a esto, pidieron “no diferir” la puesta en vigencia de la norma, y satisfacer “el reclamo de amplios sectores de la opinión pública”, en torno a “las bondades” del nuevo ordenamiento, que “viene a dar respuesta a modificaciones largamente esperadas por la sociedad”.
Entre otros puntos, el nuevo Código Civil y Comercial, aprobado el pasado 1 de octubre y contiene 2.671 artículos, dispone lo siguiente: * Inicio de la vida: se fija que la existencia de la persona humana comienza con “la concepción”.
* Nombre: establecen de quién o quiénes deben llevar el apellido tanto el hijo matrimonial como extramatrimonial. También cómo podrá inscribirse a los recién nacidos y con qué nombres. Incluye en este sentido nombres aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas y latinoamericanas.
* Reproducción humana asistida: los nacidos por técnicas de reproducción asistida “son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre con independencia de quién haya aportado los gametos”. Prevalece la voluntad de procrear y se equipara la filiación por este medio con la natural y la adoptiva plena.
* Adopción: simplifica el régimen y permite el derecho de adopción tanto a un matrimonio legalmente constituido como a personas solas. También a “ambos integrantes de una unión convivencial”. * Matrimonio: incorpora la figura del matrimonio igualitario y los tipos de contratos matrimoniales que pueden celebrarse.
* Divorcio: agiliza el trámite al establecer que el divorcio “se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges”.
* Unión convivencial: regula la figura de la unión convivencial, que debe ser solicitada por ambos integrantes, con derechos similares al matrimonio. También se fijan pactos de convivencia.

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