Política
El inusual comunicado de la Corte Suprema donde aclaró que no resolvió sobre la venta de tierras a extranjeros
El máximo tribunal explicó que su reciente fallo se limitó a definir si el CECIM estaba habilitado para presentar una medida cautelar. Afirmó que todavía no fijó posición sobre el DNU 70/2023 ni sobre la vigencia de la Ley de Tierras.

La Corte Suprema salió a aclarar el alcance de su reciente fallo, luego de que la decisión fuera interpretada como una ratificación de la vigencia del decreto del Gobierno que derogó los límites para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.
En un inusual comunicado firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el tribunal explicó que resolvió únicamente “un aspecto procesal” vinculado con la legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata para solicitar una medida cautelar.
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La causa se inició a partir de un amparo presentado por esa organización contra el artículo 154 del DNU 70/2023. En marzo de 2024, la Cámara Federal de La Plata había declarado inconstitucional esa disposición, que derogó la Ley 26.737, norma que establecía, entre otras restricciones, un límite del 15% para la adquisición de tierras rurales por extranjeros.
La Corte dejó sin efecto esa resolución al considerar que el CECIM no tenía legitimación para promover la acción.
Sin embargo, aclaró que “la sentencia no afecta a otras medidas cautelares que están en trámite con el mismo objeto” y que quienes consideren inconstitucional el régimen pueden recurrir a la Justicia.
El tribunal también remarcó que todavía no se pronunció sobre el fondo de la cuestión.
“La controversia fundamental referida a la ley de tierras no ha sido resuelta en este caso”, sostuvo.
En ese sentido, agregó: “La Corte se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos”.
El comunicado también respondió a las críticas públicas y pidió evitar “discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.
Los jueces señalaron además que el fallo no impide que el Congreso discuta la validez del DNU 70/2023.

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