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Economía

Sin acuerdo en el Consejo del Salario: el Gobierno definirá por decreto el aumento del sueldo mínimo

Las centrales obreras rechazaron la propuesta empresaria y se retiraron de la reunión. El haber básico quedó en $376.600 y el Ejecutivo deberá establecer ahora el nuevo piso salarial.

La reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil terminó este viernes sin acuerdo entre empresarios y representantes de los trabajadores. Ante la falta de consenso, el Gobierno deberá definir por decreto el próximo aumento del salario mínimo.

La negociación quedó trabada luego de que la CGT y las dos CTA rechazaran la propuesta presentada por el sector empresario. El ofrecimiento contemplaba una suba del 1,8% en septiembre y aumentos del 1,7% mensual desde octubre hasta abril.

Las centrales sindicales consideraron que los porcentajes eran insuficientes frente a la evolución de los precios y decidieron retirarse del recinto. De esta manera, el nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) no surgirá de un acuerdo entre empresarios y gremios.

Actualmente, el salario mínimo se encuentra en $376.600 mensuales para los trabajadores mensualizados. Para quienes cobran por hora, el valor vigente es de $1.883.

Cómo fue la negociación por el salario mínimo

La jornada comenzó con una audiencia destinada a analizar los valores mínimo y máximo de la prestación por desempleo. Luego se inició la reunión del Consejo del Salario para discutir la actualización del haber mínimo.

La propuesta empresaria establecía incrementos inferiores al 2% mensual durante los próximos meses. Desde las centrales obreras consideraron que ese esquema no permitía recuperar el poder adquisitivo perdido y rechazaron avanzar con un acuerdo.

El Consejo del Salario reúne a representantes del Estado, los trabajadores y los empleadores para determinar el piso salarial que deben percibir los trabajadores alcanzados por la normativa.

Cuando las partes no consiguen consensuar un nuevo valor, el Ejecutivo puede establecerlo mediante un laudo.

De hecho, a comienzos de diciembre pasado, el Gobierno ya había utilizado este mecanismo después de que empresarios y sindicalistas no lograran ponerse de acuerdo. En aquella oportunidad, la actualización se estableció en diez tramos.

La última suba llevó el salario mínimo a los $376.600 que rigen actualmente.

El salario mínimo perdió más del 40% de poder adquisitivo

La nueva negociación se produce mientras el salario mínimo continúa acumulando una fuerte pérdida de poder de compra.

Un informe elaborado por el Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la UBA (IIEP-UBA) mostró que el haber volvió a perder capacidad adquisitiva durante julio, con una caída real del 0,8%.

Gráfico: IIEP-UBA.

El estudio calculó que entre noviembre de 2023 y julio de 2026 el salario mínimo acumuló una pérdida real del 40,5%.

Para realizar la comparación, los investigadores tomaron como referencia un salario mínimo equivalente a $626.106 a precios de julio de 2026 en noviembre de 2023. En julio de este año, el poder de compra había descendido hasta unos $372.400.

El deterioro también llevó al salario mínimo real a ubicarse por debajo del nivel registrado en 2001, antes de la crisis que terminó con la convertibilidad.

La distancia respecto de su máximo histórico es todavía mayor. Según el IIEP-UBA, el poder adquisitivo del salario mínimo cayó alrededor de 67% desde septiembre de 2011, cuando alcanzó el mayor valor real de la serie.

Cuánto se cobra actualmente

Desde agosto, los trabajadores mensualizados tienen un salario mínimo de $376.600.

Para los trabajadores jornalizados, el piso quedó establecido en $1.883 por hora.

Al tipo de cambio oficial, el ingreso mensual equivale a aproximadamente US$245.

El SMVM no solo funciona como referencia para los trabajadores que cobran ese monto. También puede utilizarse como parámetro para determinados sectores informales y para el cálculo de prestaciones sociales.

Uno de los principales efectos de la actualización está relacionado con el seguro de desempleo.

La prestación equivale al 75% de la mejor remuneración mensual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese de la relación laboral, aunque existen valores mínimos y máximos vinculados al salario mínimo.

Por ese motivo, cualquier modificación del SMVM también repercute sobre los montos que reciben las personas que acceden a esa prestación.

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