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Judiciales

El Procurador General pidió a la Corte Suprema suspender un fallo a favor de la Justicia porteña

Eduardo Casal solicitó la suspensión de una reciente sentencia que permite la apelación de causas nacionales ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, argumentando que dicha resolución podría obstaculizar las funciones del Ministerio Público Fiscal.

En una comunicación dirigida al presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, el Procurador General, Eduardo Casal, solicitó la suspensión de la aplicación de un fallo emitido a finales del año pasado.

Dicha sentencia establece que las causas de jurisdicción nacional pueden ser apeladas ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Este fallo, conocido como “Levinas”, implica que, tras la intervención de una Cámara Nacional en causas laborales, civiles o comerciales, es posible una apelación ante la Corte de la ciudad antes de llegar a la Corte Suprema nacional. La decisión, adoptada por mayoría, refuerza el traspaso de competencias de la justicia nacional a la porteña.

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La resolución ha generado inquietud en el ámbito de la justicia nacional, donde se la considera inconstitucional. Se anticipa que, además de la presentación de Casal, se realicen otras impugnaciones ante la Corte Suprema.

En su nota, Casal argumenta que el fallo “Levinas” presenta varios inconvenientes. Uno de ellos es que “dejará a este Ministerio Público Fiscal en una situación en la que se podrá ver impedido de cumplir con sus funciones legales y constitucionales en los procesos que tramitan ante la justicia nacional con competencia sobre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con menoscabo para los intereses por los que debe velar”.

El Procurador General explicó que la Procuración General de la Nación tiene competencia para intervenir solo ante tribunales nacionales, por lo que no puede presentar apelaciones en el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires. “La actuación requerida por la nueva doctrina del Tribunal implica una actividad procesal para la cual las fiscalías nacionales no están legalmente habilitadas, ya que no tienen más competencia que la establecida en la ley, y ésta no les confiere legitimación procesal para actuar ante el foro local”, detalló Casal.

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Además, señaló que la Fiscalía General de la ciudad de Buenos Aires y sus fiscales no pueden intervenir en estos casos, ya que se trata de una institución distinta. “Esa suerte de hipotética actuación mixta constituiría un obstáculo para el diseño de una política criminal coherente, pues la actuación de los fiscales nacionales conforme a los criterios de actuación establecidos por este Despacho podría verse frustrada de no ser estos compartidos por el ministerio público local que, como es obvio, habrá de regirse por los que le son propios”, planteó Casal.

El Procurador también destacó que el fallo de la Corte Suprema no proporcionó un “criterio hermenéutico alguno para la adecuada solución de los problemas expuestos y que, reitero, importan un severo menoscabo para el cumplimiento de las atribuciones constitucionales de este Ministerio Público Fiscal”. Por lo tanto, la resolución del máximo tribunal “exige un acto normativo adicional que resuelva o modifique, de modo legalmente eficaz, la inhabilidad para actuar ante los magistrados locales”.

“Por ello, y sin perjuicio del criterio de esta Procuración General acerca del fondo de la cuestión decidida en aquel pronunciamiento, me permito sugerir al Tribunal que, en ejercicio de sus atribuciones de superintendencia, suspenda la aplicación de lo decidido entonces hasta que se resuelva de manera normativamente adecuada la restricción que impide a este Ministerio Público Fiscal de la Nación llevar a cabo legal y eficazmente la nueva actividad procesal ante el fuero porteño que allí se demanda”, concluyó Casal en su nota.

La presentación se realizó en el último día de la feria judicial, en un contexto donde este tema ha generado numerosas reuniones entre jueces nacionales. El próximo lunes, la actividad judicial se reanudará con una Corte compuesta por tres jueces: Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

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