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Finanzas

Para tener en cuenta: la AFIP pondrá el ojo en cuentas y consumo de tarjetas

Las entidades bancarias deben dar a conocer los gastos acumulados con la de débito a partir de un monto mínimo

Novedades en materia financiera: la AFIP modificó los montos que deben dar a conocer las entidades financieras. Hasta abril de este año, las compras con tarjeta de crédito que superaban los $30.000 debían informarse, pero como consecuencia de la inflación el monto actual se ubica en $200.000.

La Resolución General N° 4.298 de 2018, sus modificatorias y complementarias, dispuso un régimen de información a cargo de las entidades financieras.

Desde AFIP consideran que “razones de administración tributaria hacen aconsejable actualizar los importes a partir de los cuales los sujetos obligados deben informar en cada uno de los aludidos regímenes sus obligaciones”, el cual hasta hace unos meses se situaba en los $30.000.

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Por otra parte, la AFIP elevó a $200.000 el monto mínimo por el cual las instituciones financieras deben informarle al organismo los movimientos de acreditación y extracción de sus clientes.

La norma rige también para cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales.

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Con estas modificaciones, los bancos podrán agilizar las operaciones y a su vez, recibirán información automática y permanente de las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas.

¿Cuál es el monto mínimo para aceptar débito?

Según el estado nacional es obligatorio aceptar pagos con tarjeta de débito cuando el importe sea igual o mayor a 100 pesos. Sin embargo, si el comercio acepta pagos con QR entonces no está obligado a aceptar pagos con tarjeta de débito.

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